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SD 96.880 – Causa 17.922/2010 – “Perez Ramirez, Estela Maria c/ Centro de Educacion Medica e Investigaciones Clinicas Cemic s/ juicio sumarisimo” – CNTRAB – SALA IV – 28/12/2012
ASOCIACIONES SINDICALES. REPRESENTACIÓN GREMIAL. Ley 23551. “Sindicato de la Salud” que, entonces, no ostentaba personería ni inscripción gremial. Inexistencia de garantía de estabilidad sindical. Labores desplegadas por el actor –en la empresa– que no permiten calificarlo como “representante sindical de hecho”. FALTA DE CONFIGURACIÓN DE UN SUPUESTO DE “DESPIDO DISCRIMINATORIO”. Dictamen del INADI. Carácter no vinculante. Desestimación del reclamo fundado en el Art. 1 de la Ley 23592. RECHAZO DE LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AA7CDE
Publicado el 05/03/2013
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Términos mencionados en este fallo: gremial, sindical, asociaciones, sindicales, sindicato, inscripción, garantía, estabilidad, ostentaba, personería.